Activan código QR para mostrar atractivos de Tapijulapa

código QR atractivos, música e historias de la Fuente de los Cántaros y el Kiosko del parque central.

Tabasco,.-Como parte de las innovaciones digitales que ofrece a los visitantes el Pueblo Mágico de Tapijulapa, el secretario de Turismo, José Antonio Nieves Rodríguez, presentó este sábado la nueva experiencia memorable de realidad aumentada, en la que se brindará a los turistas a través de un código QR atractivos, música e historias de la Fuente de los Cántaros y el Kiosko del parque central.

El objetivo es que con sólo escanear el código en el celular, se muestren todos los atractivos turísticos de esta región, por lo que se trabajará, para que posteriormente se presenten también, bajo este método, las Cascadas de Villa Luz y otros sitios.

Lo anterior se dio al término de una gira de trabajo, por este pintoresco pueblo y en el marco del programa, Turismo Verde para Todos, donde se realizan actividades de limpieza y mejora de imagen, para esta localidad.

Acompañaron al secretario de Turismo, Riki Antonio Arcos Pérez, presidente municipal de Tacotalpa, y Gary Leonardo Arjona Rodríguez, Subsecretario de Sustentabilidad y Cambio Climático de la Secretaría de Bienestar, entre otros funcionarios.

Congreso pone fin a juicios y trámites burocráticos para reconocer el concubinato

El Congreso del Estado de Oaxaca aprobó reformar el Código Civil local, con el objetivo de eliminar trámites burocráticos y dilación de juicios de reconocimiento del concubinato.

Con la adición del Capitulo denominado “De las Constancias de declaración de concubinato”, y de los artículos 115 Bis, y 115 Ter, ahora se regularán las uniones de dos personas que, sin contraer matrimonio, hacen vida común. La emisión de constancias de declaración las realizará de forma directa el Registro Civil del Estado, sin necesidad de acudir a un Juzgado.

Además, establece que, una vez cesado el concubinato, la persona que durante la relación haya realizado cotidianamente trabajos del hogar consistentes en tareas de administración, dirección, atención del mismo, o cuidado de la familia, tendrá derecho a una compensación respecto de los bienes adquiridos durante esta relación.

Actualmente el concubinato se acredita ante los juzgados, mediante diligencias de información testimonial, un proceso que no es precisamente rápido en la práctica debido a las altas cargas de trabajo, al no existir procedimientos opcionales permitidos por la ley.

Esta situación, que en ocasiones obliga a las personas a someterse a los mismos, e incluso en ciertos casos a desistir, de la exigencia de disfrute de derechos que el estado debe garantizar.

Esta modificación legislativa ahora facilita la aplicación de beneficios para cualquiera de las personas, como el acceso al seguro social, servicios entre otros beneficios. Además, constituye una herramienta para combatir la violencia patrimonial o económica que sufren algunas mujeres

Los documentos necesarios para obtener la constancia son: original y copia de identificación de las personas concubinas, copia certificada y copia simple de acta de nacimiento de las personas concubinas, copia certificada y copia simple de acta de nacimiento de los hijos e hijas (si los hubiere) original y copia del comprobante de domicilio en el que habitan, y original y copia de constancia de inexistencia, matrimonio de ambos recientes no mayor a tres meses de expedición.

Aprueba Congreso Local castigo a la autoridad que filtre y difunda imágenes de un crimen o de las víctimas

, a fin de establecer castigos al servidor o servidora pública que filtre y difunda imágenes explicitas de un crimen.

La Diputación local aprobó reformar el Código Penal del Estado de Libre y Soberano de Oaxaca, a fin de establecer castigos al servidor o servidora pública que filtre y difunda imágenes explicitas de un crimen.

La modificación consiste en la adición de la Fracción VII al Artículo 207 de la legislación en mención, con la que se establecen de dos a siete años de prisión, y de treinta a cincuenta días de multa a la persona que cometa la falta señalada.

El nuevo texto precisa que, comete el delito de ejercicio ilícito de servicio público quién difunda, entregue, revele, publique, trasmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta, imágenes, documentos o audios o videos del lugar de los hechos del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, de cadáveres o parte de ellos.

También, a quien difunda imágenes sobre las circunstancias de su muerte, de las lesiones o estado de salud de personas, mujeres, niñas, niños, adolescentes, integrantes de la comunidad LGBTTIQ,, o de instrumentos relacionados con un hecho que la ley señale como delito

La iniciativa aprobada por el Poder Legislativo deriva del lamentable hecho, en el cual la ciudadana Ingrid Escamilla, fue víctima de feminicidio a manos de su pareja. Un día después, diversos medios de comunicación y usuarios de redes sociales difundieron imágenes explicitas del crimen, lo que infiere que agentes de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, habrían filtrado la información.

La reforma fue impulsada por las diputadas Magaly López Domínguez, Hilda Graciela Pérez Luis, Arcelia López Hernández, Laura Estrada Mauro y el congresista César Enrique Morales Niño, y aprobada por el Pleno Legislativo.